«Ante el laicismo voraz, una defensa de la libertad religiosa en la Universidad Hispalense»

Ante la queja proferida ante el Defensor Universitario por parte de la Asociación UNI
Laica, nos gustaría llevar a cabo las siguientes reflexiones:
Se queja la Asociación UNI Laica de los actos llevados a cabo por la Hermandad de los
Estudiantes en el Rectorado de la Universidad de Sevilla, alegando que la participación
del señor Rector de nuestra Universidad, confieren a tales actos revestimiento de «actos
oficiales» de la Universidad. Nada más lejos de la realidad, entendemos que el Señor
Rector acude a estos actos de la Hermandad de los Estudiantes en representación de la
Universidad de Sevilla (Art. 20.1 de la Ley Orgánica de Universidades), ocupando un
cargo institucional en un acto de otra institución, al cual ha sido invitado por razón de
la especial vinculación entre dos instituciones: La Universidad de Sevilla, institución
con quinientos años de historia, y la Pontificia, Patriarcal e Ilustrísima Hermandad y
Archicofradía de nazarenos del Santísimo Cristo de la Buena Muerte y María Santísima
de la Angustia, con casi cien años de historia. Entendemos que la participación del
Señor Rector en un acto de otra institución, no supone la absorción de dicho acto por la
Universidad como acto propio, y por ende, no supone una vulneración de la alegada por
UNI Laica «posición neutral e imparcial» de la Universidad.
A continuación, continúa la mencionada queja, haciendo referencia a la «vulneración del
derecho a la libertad de conciencia y pensamiento» que constituye la participación del
señor Rector en los actos religiosos celebrados en el Rectorado de la Universidad de
Sevilla, así como que «constituyen una falta de respeto institucional a la diversidad de
convicciones y creencias de los miembros de comunidad universitaria». Consideramos
que se equivocan en esta queja. Entendemos que la libertad religiosa de los miembros
de la comunidad universitaria quedaría menoscabada en el caso de que se vieran
compelidos por la Universidad o por el señor Rector a participar en los acto católicos
convocados y celebrados por la Hermandad de los Estudiantes. Nada más lejos de la
realidad, a ningún miembro de la comunidad universitaria se le obliga a participar en
estos actos religiosos, por lo que no creemos vulnerados los derechos a la libertad
religiosa consagrados en nuestra Constitución y aducidos por UNI Laica en su queja.
Para apoyar nuestra opinión nos gustaría incidir en el desarrollo que del Artículo 16.1
de la Constitución Española ha llevado a cabo la Jurisprudencia del Tribunal
Constitucional:
En la STC 101/2004, de 2 de junio (FJ 4), se reconoce que la imposición, por parte del
poder público, del deber de asistir a actos de culto, en contra de la voluntad y
convicciones personales, si sería un menoscabo de la vertiente subjetiva de la libertad
religiosa, pero en este caso, la Universidad de Sevilla, como institución de Derecho
público, no obliga a ninguno de sus miembros a la asistencia a estos cultos. Por lo que,
reiteramos, no vemos mermada la libertad religiosa de ningún miembro de comunidad
universitaria.
De igual manera, creemos errónea la idea expresada por UNI Laica de que con la
participación del Rector o la Vicerrectora de Relaciones Institucionales, en actos
organizados por la Hermandad de los Estudiantes en el seno de la Universidad de
Sevilla (Paraninfo por ejemplo, en referencia al Pregón Universitario, o el vestíbulo del
Rectorado, en referencia a la eucaristía celebrada en la mañana del Martes Santo) se dan
a estos actos carácter de actos oficiales de la Universidad de Sevilla. Esta postura nos
gustaría apoyarla también en la doctrina jurisprudencial del Tribunal Constitucional,
según el cual, tal y como se refleja en la sentencia 34 de 28 de marzo de 2011,
Fundamento Jurídico 4, «se comprende que cuando una tradición religiosa se encuentra
integrada en el conjunto del tejido social de un determinado colectivo, no cabe sostener
que a través de ella los poderes públicos pretendan transmitir un respaldo o adherencia a
postulados religiosos». Por ello, haciendo un ejercicio de analogía entre el caso a que se
refiere la mencionada sentencia, y los hechos de los que se queja la Asociación UNI
Laica, entendemos que el desarrollo de actos culturales y litúrgicos por parte de la
Hermandad de los Estudiantes, y la participación del Rector ostentando tal cargo,
responden a una tradición religiosa plenamente integrada en el tejido social de la
Comunidad Universitaria. Pruebas de dicha tradición religiosa y su integración son:
-Que la Hermandad de los Estudiantes nació en torno a 1924 a iniciativa de una serie de
miembros de la Universidad, para organizar el culto que se le profesaba al Cristo de la
Buena Muerte, localizado en la iglesia de la Anunciación, que pertenecía y pertenece a
la Universidad Hispalense desde el siglo XVIII.
-Que el Pregón Universitario es un acto donde se combina cultura y fe, consistente en la
disertación de un texto realizado por un alumno de la Universidad, que se realiza desde
1973, y que ha contado con varias sedes, como son la iglesia de la Anunciación, el aula
Magna de la Facultad de Derecho de esta Universidad, cuando se encontraba en la
Antigua Fábrica de Tabacos, y el Paraninfo en la actualidad.
-La cantidad de estudiantes, profesores y miembros del PAS que participan de los actos
religiosos que se llevan a cabo por la Hermandad de los Estudiantes, así como por el
Servicio de Asistencia Religiosa de la Universidad de Sevilla (SARUS).
-El estrecho compromiso de la Hermandad de los Estudiantes con la Comunidad
Universitaria, especialmente con los alumnos, prueba de ello es el programa de Becas
«Estudiantes», nacido en 2012 para apoyar económicamente a alumnos con dificultades
económicas.
Por todo ello, consideremos que la participación del Rector en estos actos no suponen
una adhesión de la Universidad de Sevilla a los planteamientos de la fe cristiana
católica, y mucho menos, que conlleven una merma de la libertad religiosa ni de
conciencia de ningún miembro de la Universidad, ya que, reiteramos, nadie ha sido
compelido a la participación en estos actos.
Es por ello que solicitamos al Defensor Universitario que tenga en cuenta nuestra
opinión, así como la doctrina del Tribunal Constitucional, en la que fundamentamos
nuestras opiniones, ante la queja proferida por el catedrático Cosme Salas García en
representación de UNI Laica.

 

Jesús Manuel Linero, estudiante de Derecho.

Comunicado frente a la queja presentada de la Asociación UNI Laica ante el Defensor Universitario.

La Asociación Universitaria Despierta, en su nombre y en el de los estudiantes que la conforman, quiere mostrar su rechazo ante las falacias vertidas por la asociación UNI Laica en la queja presentada por esta ante el Defensor Universitario el pasado lunes 13 de mayo.

Creemos que las opiniones vertidas en la queja faltan a la verdad cuando dicen que los actos religiosos que tienen lugar en el Rectorado de nuestra Universidad antentan contra la libertad religiosa de los miembros de la comunidad universitaria, así como que la participación institucional del Rector supone una vulneración del principio de aconfesionalidad de la institución académica a la que representa.

Es por ello que instamos a UNI Laica a retirar su queja ante el Defensor Universitario y a que respete las costumbres y tradiciones, así como la libertad religiosa, de los miembros de la comunidad universitaria que gusten de participar en los actos litúrgicos y culturales celebrados en el Rectorado por la Hermandad de los Estudiantes, por el SARUS o por cualquier tipo de asociación universitaria, sea cual sea su confesión o ideosincracia.

De igual manera, queremos mandar una muestra de apoyo a la Hermandad de los Estudiantes, al SARUS, al señor Rector de la Universidad de Sevilla y a la señora Vicerrectora de Relaciones Institucionales, y a todos los estudiantes que se hayan podido sentir atacados por las quejas del laicismo irracional.